29/12/2020
DECRETO FORAL DE LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD FORAL DE
NAVARRA 31/2020, de 28 de diciembre, por el que se modifica el
Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra
29/2020, de 14 de diciembre, por el que se establecen en la Comunidad
Foral de Navarra las medidas preventivas para contener la
propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
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Consecuentemente desde una perspectiva de salud comunitaria que exige el principio de máxima cautela y precaución, procede desaconsejar el mantenimiento de las excepciones establecidas para los días 31 de diciembre y 1 de enero y mantener el cierre perimetral de nuestra Comunidad Foral, sin la excepción prevista para visitas de familiares y allegados entre los días 30 de diciembre y 2 de enero, mantener la limitación del horario nocturno hasta las 23:00 horas y la limitación a un número máximo de seis personas de 2 núcleos de convivencia en los encuentros y celebraciones privadas.
En consecuencia, teniendo en cuenta los informes técnicos citados y por las razones expuestas, procede establecer en la Comunidad Foral de Navarra nuevas medidas preventivas para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2 para el fin de año y el principio de 2021, con el fin de afianzar la disminución de contagios.
Al amparo de lo previsto en el artículo 2 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
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